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Código De Estándares Éticos

AFP ESTÁNDARES ETICOS

Normas éticas (adoptadas en 1964; modificadas en octubre de 2014 y diciembre de 2023)

Introducción: Nuestro compromiso con la recaudación de fondos ética y eficaz

La Asociación de Profesionales de la Recaudación de Fondos (AFP) es una organización profesional cuyos miembros creen que la filantropía y la recaudación de fondos son aspectos importantes de nuestra vida en sociedad. La AFP existe para fomentar el desarrollo y el crecimiento tanto de los profesionales de la recaudación de fondos como de la propia profesión, y para promover un comportamiento ético riguroso en las prácticas de recaudación de fondos. El Código de Ética de la AFP y sus Normas de Práctica Ética orientan y rigen el comportamiento de sus miembros y están diseñados para aplicarse junto con los compromisos de la AFP con las prácticas de comportamiento justo de sus miembros y la IDEA (Inclusión, Diversidad, Equidad y Acceso).

El Código y las Normas tienen un enfoque doble: (1) los deberes de los recaudadores de fondos hacia las organizaciones y comunidades a las que sirven y hacia los donantes que apoyan esas misiones; y (2) los deberes de los recaudadores de fondos en relación con otros en la profesión y con el público en general.

Este Código guía a quienes practican la recaudación de fondos (individuos y organizaciones) y también se aplica a los miembros comerciales que apoyan las prácticas de recaudación de fondos.

El Código de Ética de la AFP rige para las personas, organizaciones y miembros comerciales de la AFP a:

  • Ejercer su profesión con integridad, honestidad, veracidad y apego a la absoluta obligación de salvaguardar la confianza pública.
  • Actuar de acuerdo a los más altos objetivos y visión de sus organizaciones, profesiones, clientes y conciencias.
  • Ponga la misión filantrópica por encima del beneficio personal.
  • Inspirar a otros a través de su propio sentido de dedicación y propósito superior.
  • Mejorar sus conocimientos y habilidades profesionales, para que su desempeño sirva mejor a los demás.
  • Demostrar preocupación por los intereses y el bienestar de las personas afectadas por sus acciones.
  • Valorar la privacidad, la libertad de elección y los intereses de todos aquellos afectados por sus acciones.
  • Fomentar la diversidad cultural y los valores pluralistas, tratando a todas las personas con dignidad y respeto.
  • Afirmar, a través de donaciones personales, un compromiso con la filantropía y su papel en la sociedad.
  • Adherirse al espíritu y a la letra de todas las leyes y reglamentaciones aplicables.
  • Evitar incluso la apariencia de cualquier delito o mala conducta profesional.
  • Dar crédito a la profesión de recaudación de fondos por su comportamiento público.
  • Incentive a sus colegas a adoptar y practicar estos principios y estándares éticos.
  • Tenga en cuenta los códigos de ética compartidos por otras organizaciones profesionales que sirven a la filantropía.

 

Los recaudadores de fondos aseguran apoyo filantrópico para organizaciones cuyas misiones responden a las necesidades y aspiraciones de la comunidad.

Nos ganamos la confianza del público por nuestro trabajo y garantizamos su eficacia al adherirnos a los más altos estándares de integridad, honestidad y respeto. En consecuencia, se espera que nuestros miembros:

  • No participar en actividades que perjudiquen a las organizaciones de los miembros, a sus clientes o a la profesión o que a sabiendas desprestigien a la profesión.
  • Cumplir con todas las leyes y regulaciones locales, regionales y nacionales aplicables.
  • Reconocer sus límites individuales de competencia y responsabilidad profesional.
  • Transmitir información sobre programas, productos, servicios y soluciones entregadas por la misión sin tergiversación.
  • Establecer el propósito y el alcance del trabajo al inicio de cualquier relación contractual.
  • Abstenerse de infringir deliberadamente los derechos de propiedad intelectual de otras partes.
  • Abstenerse de menospreciar a los competidores.
  • Al declarar los resultados de la recaudación de fondos, utilice métodos contables precisos y consistentes que se ajusten a las directrices pertinentes adoptadas por la autoridad competente.

Los conflictos de intereses, potenciales o reales, pueden socavar la confianza en los miembros, sus organizaciones y sus profesiones. En consecuencia, se espera que los miembros:

  • Evitar actividades que entren o puedan entrar en conflicto con sus obligaciones fiduciarias, éticas y legales hacia sus organizaciones, clientes o profesiones.
  • Revelar todos los conflictos de intereses, tanto potenciales como reales. Dicha divulgación no excluye ni implica una conducta éticamente inapropiada.
  • Rechazar beneficios personales como invitaciones o regalos personales que surjan como resultado de las relaciones con donantes, prospectos, voluntarios o clientes.

La solicitud, recepción y administración de las donaciones deben cumplir con la promesa de las organizaciones a los donantes y deben manejarse con el máximo cuidado y consideración. Respetar los deseos de los donantes es fundamental para la labor que realizan los recaudadores de fondos en nombre de sus organizaciones. En consecuencia, se espera que los miembros:

  • Asegúrese de que todas las comunicaciones y el marketing de desarrollo sean precisos.
  • Garantizar que los donantes reciban información informada, precisa y ética sobre el valor y las implicaciones fiscales de las contribuciones.
  • Afirmar que sus responsabilidades principales son hacia sus organizaciones, salvaguardando al mismo tiempo los intereses de los donantes.
  • Asegúrese de que las contribuciones se utilicen de acuerdo con la intención y las restricciones del donante.
  • Garantizar la gestión adecuada de las donaciones, incluyendo informes oportunos sobre el uso y la gestión de los fondos.
  • Obtener el consentimiento explícito de los donantes, de los sucesores de los donantes o del asesor jurídico apropiado antes de alterar las condiciones de transacciones financieras previamente restringidas.
  • Cumplir con los requisitos legales para el desembolso de fondos recibidos de donantes en nombre de clientes sin fines de lucro.

Donar es una decisión personal. En sus relaciones con los donantes, los recaudadores de fondos tienen acceso a información sobre las personas y sus donaciones, la cual deben respetar. Las organizaciones tienen la obligación de garantizar el derecho a la privacidad de los donantes. Esto incluye, entre otros, las normas de protección de datos y las prácticas de gestión de listas. De acuerdo con esto, se espera que los miembros:

  • Proteger de la divulgación de información confidencial a partes no autorizadas según lo definido por las políticas y procedimientos de una organización.
  • Reconocer que la información creada en nombre de una organización, incluida la información de donantes y prospectos, es propiedad intelectual confidencial de esa organización y no puede tomarse, compartirse ni transferirse a otras entidades.
  • Comunicar a los donantes y clientes que pueden solicitar la omisión de la información personal para usos organizacionales futuros.
  • Comunicar a los donantes y clientes que pueden solicitar la omisión de información personal de las listas que se vendan, alquilen o intercambien cuando dichos intercambios estén permitidos.

Creemos que quienes recaudan fondos deben recibir una compensación justa y equitativa por su labor en apoyo a las misiones de la organización. En consecuencia, se espera que los miembros:

  • Apoyar una compensación justa y equitativa, que puede incluir bonificaciones o pagos por mérito de acuerdo con las prácticas organizacionales, pero nunca puede basarse en un porcentaje de los fondos recaudados.
  • Rechazar recibir o pagar honorarios, comisiones o compensaciones basadas en un porcentaje de los fondos recaudados.
  • Abstenerse de ofrecer o aceptar pagos o contraprestaciones especiales con el fin de influir en la selección de productos o servicios.

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AFP Código De Estándares Éticos

Definiciones
  • Cliente – Persona u organización que utiliza los servicios de un profesional, empresa u organización sin fines de lucro.
  • Conflicto de Intereses - Los conflictos de intereses ocurren cuando los intereses personales de una persona podrían comprometer su juicio, decisiones o acciones. Existe la apariencia de conflicto cuando personas con conocimiento de los hechos relevantes cuestionan la imparcialidad de la persona.
  • Donante - Persona, organización, corporación o fundación que hace una donación a una organización sin fines de lucro.
  • Fiduciario - Término que se refiere a una persona con deberes que implican buena fe, confianza, trato especial y franqueza hacia otra. (Diccionario Jurídico de Black)
  • Miembro -  Cualquier individuo u organización que califica y se une a AFP en cualquier categoría de miembro.
  • Organización - Un grupo organizado de personas con un propósito particular (organización sin fines de lucro, empresa, asociación).
  • Administración –
    1) un proceso mediante el cual una organización busca ser digna de un apoyo filantrópico continuo, incluyendo el reconocimiento de la donación, el reconocimiento del donante, el honor de la intención del donante, la inversión prudente de las donaciones y el uso eficaz y eficiente de los fondos para promover la misión de la organización.
    2) el puesto o trabajo de un administrador que administra el proceso descrito anteriormente.

Adoptado en 1964 por la Asociación de Profesionales de la Recaudación de Fondos (AFP). Copyright AFP, todos los derechos reservados. Reimpreso con autorización de la Asociación de Profesionales de la Recaudación de Fondos.